IMPORTANTE.
AUDIENCIAS DE MEDIACIÓN PREJUDICIAL .
SUSPENSIÓN.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Referencia: EX-2020-05601218- -GDEBA-SSJMJYDHGP – Suspensión mediaciones
VISTO el Expediente N° EX-2020-05601218-GDEBA-SSJMJYDHGP, la Ley N° 13.951 y los Decretos N
° DECTO-2019-43-GDEBA-GPBA y N° DECRE-2020-132-GDEBA-GPBA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 13.951 estableció el régimen de Mediación como método alternativo de resolución de conflictos judiciales en el ámbito de la Provincia, declarándolo de interés público;Que dicha norma facultó a la Autoridad de Aplicación a implementar las políticas del Poder Ejecutivo Provincial sobre la puesta en marcha y desarrollo de la Mediación en el territorio provincial y coordinar e instrumentar las normativas pertinentes para la ejecución de tales políticas;
Que el Decreto N° DECTO-2019-43-GDEBA-GPBA aprobó la reglamentación de la citada Ley, designando a esta cartera ministerial como Autoridad de Aplicación;
Que la Organización Mundial de la Salud ha declarado recientemente como pandemia al brote de enfermedad por coronavirus (COVID-19); Que en atención a la rápida propagación del citado virus y el riesgo que implica para la salud pública se dictó el Decreto N° DECRE-2020-132-GDEBA-GPBA por el que se faculta a las y los Ministras/os Secretarias/os, al Secretario General, a los titulares de los Organismos de la Constitución, al Asesor General de Gobierno, y a las y los titulares de los organismos descentralizados de la Administración Pública provincial, a establecer modalidades de trabajo domiciliario, flexibilidad de horarios laborales y, en caso de corresponder, al cierre de las dependencias del Sector Público Provincial;
Que asimismo, la Suprema Corte de Justicia dispuso por Resolución N° 386/20, asueto en todo el ámbito del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, con suspensión de términos procesales, desde el día 16 y hasta el 31 de marzo próximo inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan;
Que el Jefe de Gabinete de Ministros dispuso, por Resolución N° RESO-2020-90-GDEBA-MJGM, el otorgamiento de licencias a los trabajadores del sector público provincial que integren grupos de riesgo y/o estuvieren a cargo de menores en edad escolar, entre otros;
Que en este sentido, se impone la necesidad de tomar medidas de prevención ante la propagación del virus COVID-19 y preservar la salud de los mediadores y mediadoras, como así también de los requirentes y requeridos al proceso de mediación establecido mediante la citada Ley;
Que la presente medida se dicta en el uso de atribuciones conferidas por los Decretos N° DECTO-2019- 43-GDEBA-GPBA y N° DECRE-2020-132-GDEBA-GPBA;
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE
ARTICULO 1°. Instruir a los mediadores y mediadoras para que suspendan la fijación y posterguen las audiencias que se hubieren fijado a partir del dictado de la presente y hasta el 31 de marzo próximo inclusive.
ARTÍCULO 2°. A los fines previstos por el artículo anterior, los mediadores y mediadoras deberán comunicar la postergación de las audiencias fijadas durante el período allí establecido a todas aquellas personas que resulten requirentes y requeridas al proceso de mediación.
A dichos efectos se considerarán como válidas todas aquellas comunicaciones que se cursen por cualquiera de los medios digitales.
ARTÍCULO 3°. Eximir a las personas debidamente notificadas para la comparecencia a audiencia de mediación de la aplicación de la multa dispuesta en el artículo 14 de la Ley N° 13.951.
ARTICULO 4°. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar.