Informamos que con fecha 19 de diciembre de 2018 la S.C.B.A. dictó la Resolución Nº 2089/18 mediante la cual se aprueba el nuevo Protocolo para la traba de medidas cautelares en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Prov. de Bs. As. por medio de organismos jurisdiccionales.
En su parte pertinente se establece que las comunicaciones de las trabas de medidas cautelares en general, inhibiciones y embargos de inmuebles en particular, sus modificaciones, reinscripciones o levantamientos, dirigidas a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble de la Prov. de Bs. As., se efectuaran electrónicamente por todos los órganos judiciales respecto de los inmuebles pertenecientes a todos los partidos de la Prov. de Bs. As, cualquiera sea el tipo de proceso.
A su vez, dispone un cronograma donde se establece la implementación obligatoria del nuevo mecanismo de comunicación a partir del 11 de marzo de 2019 solo para el Depto. Judicial de La Plata (y solo respecto a inmuebles ubicados en los partidos que establece el articulo 3°) y desde el 15 de abril de 2019 para todos los restantes Deptos. Judiciales de la Provincia y sobre inmuebles de todos los demás partidos faltantes.
También, se aprueba un nuevo set de modelos estandarizados de oficios que vendrán a suplantar los actuales vigentes y que indefectiblemente deberán ser utilizados a partir del 11 de marzo sin importar si el anoticiamiento al Registro se realiza en forma electrónica o papel.
Se adjunta el siguiente link con la respectiva normativa:
https://www.iadpi.com.ar/wp-content/uploads/2018/12/Res.-Cte.-Nro.-2089-18.pdf